Elderecho de usufructo universal se extiende a toda la herencia, incluyendo las legítimas. Para poder realizar el cálculo de la cuarta parte alícuota de la herencia se parte del valor de los bienes del activo hereditario líquido en el momento de la muerte del causante y se descuentan los bienes dispuestos en codicilo o pacto sucesorio
Encualquier caso, los padres conservarían el derecho a legítima. 3º Ascendientes de primer grado. En una herencia sin testamento en Cataluña, si el difunto muere sin descendientes (hijos o nietos), y sin cónyuge o pareja de hecho, los herederos serán sus padres a partes iguales.
LALEGÍTIMA EN LA SUCESIÓN INTESTADA, 249 Derecho 28/7/15 10:52. LA SUCESIÓN POR CAUSA DE MUERTE EN EL LIBRO CUARTO DEL CÓDIGO CIVIL DE CATALUÑA. UNIVERSAL Y PARTICULAR Ferran Badosa Coll1 Catedrático emérito de Derecho Civil de heredero.—TERCERA PARTE. LA SUCESIÓN
Sucedecomo en Cataluña, que el cónyuge viudo o pareja de hecho ocupa el segundo lugar en el orden de sucesión. La legítima representa un cuarto del caudal hereditario, y el cónyuge disfrutará usufructo vitalicio sobre una cuarta parte o sobre la mitad dependiendo de si concurre con hijos o con padres del difunto. Navarra.
Elheredero o las personas facultadas para hacer la partición, distribuir la herencia o pagar legítimas pueden optar por el pago, tanto de la legítima, en dinero, aunque no haya en la herencia, o por el pago en bienes del caudal relicto, siempre y cuando, por disposición del causante, no corresponda a los legitimarios percibirlos por medio de institución de
heredero universal y legítima en cataluña
Alos herederos forzosos les corresponde la legítima y la mejora, lo que se conoce como legítima larga. A través del tercio de mejora se puede beneficiar a uno de los hijos, Los herederos forzosos en Cataluña deben remitirse a . 330 211 430 200 173 496 67 265

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